Ruidos molestos generados por fuentes fijas D. S. 146/1997 MINSEGPRES
Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas. Se considera fuente fija a toda fuente emisora de ruido diseñada para operar en un lugar fijo o determinado (pubs, restaurantes, discotheques, obras de construcción, talleres, fábricas, etc.).
Este decreto establece los niveles máximos permisibles de presión sonora dependiendo del tipo de zona en la cual se encuentre el receptor.
Algunas comunas exigen el cumplimiento de este decreto para la renovación de patentes, tales como de alcoholes y cabarets.

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